lunes, 27 de diciembre de 2010

Concejales de Ñuñoa presentan recurso de ilegalidad contra el Alcalde Pedro Sabat

Señor
Sr. Pedro Sabat P.
Alcalde
I. Municipalidad de Ñuñoa

Los Concejales de Ñuñoa que suscriben, vienen en interponer reclamo de ilegalidad en contra de Pedro Sabat Pietracaprina, Alcalde de la Municipalidad de Ñuñoa por la aprobación del Presupuesto Municipal 2011, de las Orientaciones Globales, del Plan de Desarrollo Comunal, del Programa Anual, del Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal, de la Política de Subvenciones y los Cometidos a Honorarios, hecha de por si, mediante Decreto Municipal Nº 1700 de fecha 15 de diciembre de 2010 sin contar con la aprobación del Concejo Municipal, como lo dispone el artículo 65. letra a) de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades …”Artículo 65.- el alcalde requerirá el acuerdo del concejo para:
a) Aprobar el plan comunal de desarrollo y el presupuesto municipal y sus modificaciones, como asimismo los presupuestos de salud y educación, los programas de inversión correspondientes y las políticas de recursos humanos, de prestación de servicios municipales y de concesiones, permisos y licitaciones;”

Los fundamentos del reclamo:

1. En la sesión N° 28 del Concejo Municipal de fecha 06/10/2010, el Alcalde hace entrega al Concejo del Presupuesto Municipal año 2011.

2. La sesión N° 34 del Concejo Municipal de fecha 01/12/2010 en la que el Alcalde incluye en la tabla la aprobación del Presupuesto Municipal. Sin embargo, no requiere a la Sala que se pronuncie en aprobación o rechazo. El Presupuesto Municipal, permanece en la Comisión de Presupuesto y Finanzas.

3. En la sesión Nº 35 del 9/12/2010, el Alcalde incluyó en la tabla la aprobación del Presupuesto Municipal, pero se negó a someterlo a votación no obstante la solicitud expresa del Presidente (s) de la Comisión de Presupuesto y Finanzas, concejal Jaime Castillo, quien en Sala da a conocer las proposiciones de la Comisión respecto a la reasignación de algunos ítems contenidos en el Presupuesto para que sean considerados por el Alcalde. Éste argumenta que las proposiciones formuladas por los concejales son ilegales y no somete a consideración del Concejo el Presupuesto Municipal.

4. El Alcalde, después del 9/12/2010, no convocó a sesión extraordinaria para requerir, conforme a la ley, a los concejales la aprobación del Presupuesto Municipal a pesar de tener plazo de 5 días para hacerlo, dado a que el presupuesto tiene que aprobarse antes del 15 de diciembre de cada año, pese a requerimiento expreso que le formulara via correo electrónico el Presidente (s) de la Comisión de Presupuesto y Finanzas.

5. Con fecha 15 de diciembre, y sin haber requerido la aprobación del Concejo Municipal, como la ley expresamente lo exige, el Alcalde de Ñuñoa firmó el decreto de aprobación del Presupuesto Municipal 2011.

Por tanto y en mérito de lo expuesto: Sírvase tener interpuesto Reclamo de Ilegalidad en contra de Pedro Sabat Pietracaprina, Alcalde de la Municipalidad de Ñuñoa, por la dictación del Decreto Municipal Nº 1700 del 15 de diciembre de 2010 que aprueba el Presupuesto Municipal 2011, de las Orientaciones Globales, del Plan de Desarrollo Comunal, del Programa Anual, del Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal, de la Politica de Subvenciones y los Cometidos a Honorarios, en la comuna de Ñuñoa.

JAIME CASTILLO SOTO
PABLO VERGARA LOYOLA
MANUEL GUERRERO ANTEQUERA

Ñuñoa, 27 de diciembre de 2010

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